Chile

Cirujano Dentista Especialista en Odontopediatría (Valparaíso)

Cirujano Dentista Especialista en Odontopediatría (Valparaíso)
Descripción
Horario de atención: Lunes a Viernes de 09:00 a 19:00 horas. Excepto feriados. CIRUJANO DENTISTA ESPECIALIDAD ODONTOPEDIÁTRICA, a contar del 01.06.2026 Cirujano Dentista Especialista en Odontopediatría Región de Valparaíso Ciudad: Isla de Pascua Postulaciones a esta convocatoria Última a las 21:11:06 del 21-05-2026 Documentos requeridos
- Copia Cédula de Identidad
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Certificado Situación militar al día (*)
- Otros Detalles del Cargo
- Cargo: CIRUJANO DENTISTA ESPECIALIDADODONTOPEDIÁTRICA, a contar del 01.06.2026
- Calidad: Contrata
- Título: Cirujano Dentista
- Horas Semanales: 11 horas semanales
- Monto Líquido Aproximado con 2 trienios: $2.327.491.-
- Periodo de prueba: 3 meses
- El cualificado debe presentar su relación de servicio para reconocer su antigüedad en la administración pública
- Puede enviar correo a para simulación de remuneraciones
- Sin derecho a alojamiento
- Se considera compra de pasaje de Santiago/Isla de Pascua Objetivo del cargo Brindar atención odontológica especializada e integral a población infantil y adolescente usuaria del Hospital Hanga Roa, promoviendo la salud bucal, prevención, diagnóstico y tratamiento oportuno de patologías odontológicas, asegurando una atención segura, humanizada y de calidad. Funciones del Cargo
- Realizar atención odontológica integral a niños, niñas y adolescentes.
- Ejecutar procedimientos preventivos, restauradores y terapéuticos propios de la especialidad.
- Diagnosticar y tratar patologías odontológicas infantiles y alteraciones del desarrollo dentomaxilar básico.
- Realizar manejo conductual de pacientes pediátricos durante la atención clínica.
- Educar a usuarios, padres y cuidadores respecto a prevención y hábitos de salud oral.
- Elaborar registros clínicos completos y oportunos en ficha clínica electrónica o física.
- Coordinar derivaciones y trabajo conjunto con odontólogos generales y otras especialidades.
- Participar en programas odontológicos ministeriales y estrategias preventivas institucionales.
- Cumplir normas IAAS, protocolos clínicos y estándares de calidad institucional.
- Participar en reuniones clínicas, actividades docentes y capacitaciones cuando sea requerido.
- Velar por el adecuado uso y cuidado del equipamiento e instrumental clínico.
- Participar en iniciativas orientadas a disminuir brechas de atención odontológica infantil y listas de espera. Perfil de la Función Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los postulantes. Formación Educacional
- Título de Cirujano Dentista otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por ésta.
- Título o certificación de Especialidad en Odontopediatría otorgado por una Universidad reconocida por el Estado o certificación CONACEO.
- Estar inscrito en la Superintendencia de Salud como prestador individual.
- EUNACOM aprobado, en caso de corresponder según normativa vigente. Experiencia sector público / sector privado
- Deseable experiencia laboral en atención odontológica infantil en sector público.
- Deseable experiencia en programas odontológicos pediátricos y atención integral infantil.
- Deseable experiencia en promoción y prevención en salud oral.
- Deseable experiencia en trabajo interdisciplinario y atención en contexto insular o zonas aisladas. Competencias
- Trabajo en equipo.
- Compromiso institucional.
- Buen trato y orientación usuaria.
- Responsabilidad.
- Transparencia y probidad.
- Calidad en el trabajo.
- Empatía y habilidades de contención infantil.
- Exposición a fluidos corporales y riesgo biológico.
- Trabajo clínico en atención odontológica ambulatoria.
- Uso obligatorio de elementos de protección personal conforme normativa vigente. Requisitos Generales a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia. b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente. c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo. d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702) No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado: a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio. b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio. d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive. e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales. f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito. Postúlate en Kit Empleo: kitempleo.cl/empleo/1dfhgm
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